Ley 33
QUE APRUEBA, CON MODIFICACIONES, EL DECRETO-LEY N° 26 DEL 6 DE MAYO
DE 1989, POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY
373 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 1972
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Apruébase, con modificaciones, el Decreto-Ley N° 26 de fecha 6
de mayo de 1989, "Por el cual se modifican los artículo 1º y 2º de la
Ley 373 del 13 de diciembre de 1972", cuyo texto es como sigue:
"Art. 1º.- Eríjanse en la Capital de la República y en el
Departamento de Presidente Hayes sendos monumentos en homenaje
al Mariscal José Félix Estigarribia, Conductor del Ejército
Nacional en la Guerra del Chaco".
"Art. 2º.- Crease una Comisión Nacional encargada del cumplimiento de
la presente Ley, que estará presidida por el Ministro de
Defensa Nacional e integrada por el Ministerio de Hacienda, por
el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, dos
Representantes del Poder Legislativo, el Secretario General de
la Presidencia de la República y el Presidente de la Academia
de la Historia".
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Diputados el ocho de setiembre del año un
mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, el veintiuno de noviembre del año un mil
novecientos ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de|El Presidente de la Cámara de |
|Senadores |Diputados |
|Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |
| | |
|Evelio Fernández Arévalos |Eduardo A. Venialgo |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 14 de diciembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
|Angel Juan Souto |Enzo Debernardi |Porfirio Pereira Ruíz|
|Hernández |Ministro de |Díaz |
|Ministro de Defensa |Hacienda |Ministro de Obras |
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