Ley 60
QUE CREA EL DISTRITO "LOS CEDRALES" DEL DEPARTAMENTO DE ALTO
PARANA Y UNA MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN LA CIUDAD "LOS
CEDRALES"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Créase el Distrito "LOS CEDRALES" del Departamento de Alto
Paraná y a este fin desaféctase de los Distritos de Presidente Franco
y de Domingo Martínez de Irala, con los siguientes límites:
AL NORTE: El río Monday desde su confluencia con el arroyo Cedroty
hasta su intersección con la calle 26 de Monday, que lo
separa de la Colonia Minga Guazú y del Distrito Presidente
Franco.
AL SUR: El arroyo Ytuti desde su naciente hasta su desembocadura
en el río Paraná, que lo separa del Distrito Domingo
Martínez de Irala.
AL ESTE: Una línea imaginaria recta desde el arroyo Cedroty en su
desembocadura en el río Monday hasta la desembocadura del
arroyo Península en el río Paraná. A partir de ahí el río
Paraná hasta la desembocadura del arroyo Ytuti.
AL OESTE: La calle 26 Monday desde el río Monday hasta la naciente
del arroyo Ytuti, que lo separa del Distrito Domingo
Martínez de Irala.
Art. 2º.- Créase una Municipalidad en el Distrito establecido por el
artículo 1º de la presente Ley, con asiento en la Ciudad "Los
Cedrales".
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Senadores y Diputados, el veinte de
diciembre del año un mil novecientos ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de|El Presidente de la Cámara |
|Senadores |de Diputados |
|Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |
| | |
|Gustavo Díaz de Vivar |Ricardo Lugo Rodríguez |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 16 de enero de 1990.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior